Chiriquí

ATTT suspende temporalmente, permisos otorgados a centro comercial en David

La decisión será mientras se resuelve la consulta elevada a la Procuraduría de la Nación, relacionada con la interpretación del Decreto Ejecutivo 104 del 16 de abril de 2008.


Redacción FI contacto@frecuenciainformativa.com

La Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), en aras de mantener la paz social y no afectar el inicio del año escolar ni la reactivación económica, decidió suspender temporalmente los permisos otorgados a un centro comercial en la ciudad de David, mientras se resuelve la consulta elevada a la Procuraduría de la Nación, relacionada con la interpretación del Decreto Ejecutivo 104 del 16 de abril de 2008.

Carlos Ordóñez, director nacional de la ATTT expresó «somos un Gobierno abierto al diálogo, siempre apuntando a la paz social. Estamos en una reactivación económica, en un inicio de clases, por lo cual hemos avalado la solicitud que hace el sector transporte, a pesar que existe un decreto que establece este servicio de transporte a pasajeros clientes de los almacenes, hemos hecho una consulta a la Procuraduría de la Nación, debemos admitir que hay una parte del decreto que tenemos que interpretar, por lo que, mientras estemos esperando esta consulta, hemos decido suspender momentáneamente los permisos aprobados para las rutas de Dolega y Bugaba, que ya fueron otorgados».

Las declaraciones de Ordóñez se dieron luego de reuniones con directivos de la Federación de Transportistas de la Terminal de David (Fetrateda), quienes alegan que se ha mal interpretado dicho decreto, y que la presencia del servicio gratuito de la forma como la está empleando el centro comercial les afecta.

El Decreto Ejecutivo 104 del 16 de abril de 2008 que reglamenta la Ley 42 del 22 de octubre de 2007, que reforma la Ley 14 de 1993, sobre el transporte terrestre público de pasajeros y la Ley 34 de 1999, sobre tránsito y transporte terrestre, dice tácitamente en el Articulo 2. La actividad del servicio de transporte público gratuito a los clientes, se entenderá como un servicio exclusivo para los clientes de la empresa o negocio, con un punto de partida desde el establecimiento comercial de la empresa o negocio y se prestará dentro de la circunscripción territorial del domicilio establecido en la licencia comercial o el aviso de operaciones según sea el caso: En caso de incumplimiento se procederá a la cancelación de la autorización otorgada.

Además, la norma establece que los vehículos autorizados por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre no podrán recoger pasajeros en las rutas de transporte público establecidas. Y agrega que los vehículos destinados para la prestación de este servicio deberán ser identificados con el nombre de la empresa o negocio a que pertenecen e indicar en forma clara y visible que el servicio brindado es gratuito.

«Reiteramos que en esta mesa de diálogo, que lleva varias reuniones con el sector transporte, la ATTT al igual que la empresa han cumplido con los compromisos allí llegados, que fueron no emitir un nuevo permiso, a pesar que existían solicitudes por parte de la empresa», explicó Ordóñez.

El funcionario también dio a conocer, en cuanto al incidente que se dio días atrás con una ruta de occidente, las investigaciones efectuadas indican «que fue un tema de tomar unas fotos, ellos cumplieron con no mandar buses a otras rutas donde no estaban los permisos y nosotros también hemos cumplido como autoridad en hacer la consulta a la Procuraduría de la Administración. En estos momentos estamos en espera de la respuesta de ellos para nosotros tomar la decisión más correcta», reiteró el director nacional de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre, Carlos Ordóñez.

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